SQ31 POR MANUEL LLERANDI CARRASCO El error en la determinación del CPV es un defecto subsanable que no puede tener consecuencias anulatorias del pliego. Reconociéndose la dificultad para incardinar, en supuestos concretos, la prestación objeto del contrato en un CPV concreto, se ha declarado que la finalidad del CPV es descriptiva y clasificatoria, por lo...