¿Pueden presentarse a licitaciones los grupos cooperativos?

Pueden presentarse a licitaciones las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar (LCSP. Artículo 65). Conforme al artículo 3 de la Ley 39/2015,  tienen capacidad de obrar «Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos«. La LCSP prevé...

La capacidad de obrar es un requisito personalísimo

Supuesto de hecho Recurso interpuesto frente al Acuerdo de adjudicación, al considerar el recurrente que la mercantil adjudicataria carece de capacidad de obrar, al no abarcar en su objeto social las prestaciones propias que son objeto del contrato. Así como falta de acreditación de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, técnica o profesional...