SQ215 POR AITOR RODRÍGUEZ CARRERO El licitador no puede recurrir de nuevo Pliegos previamente recurridos por motivos que ya constaban en el Pliego original anulado. Supuesto de hecho: Licitador recurre unos Pliegos El Tribunal estima su pretensión y los anula El órgano de contratación publica los nuevos Pliegos El licitador los vuelve a recurrir...