El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo ha publicado un cuaderno de casación de Contratación Pública. Resumimos aquí la principal jurisprudencia relacionada con las Uniones Temporales de Empresas.
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¿Tiene una empresa integrante de una UTE legitimidad individual para recurrir la adjudicación?
Sí: la interpretación del artículo 19.1.a) de la LJCA, en relación con el principio pro actione, en las particulares circunstancias del caso, lleva a concluir que la empresa integrante de la UTE tenía un interés legítimo en impugnar el acto de adjudicación (STS de 17 de febrero de 2020. Roj: STS 463/2020 – ECLI:ES:TS: 2020:463)
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¿El desistimiento de un recurso por parte de una empresa integrante de una UTE vincula a las demás?
No, por el mismo motivo (STS de 26 de marzo de 2021. Sentencia estimatoria. Roj: STS 1198/2021 – ECLI:ES:TS: 2021:1198)
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¿Tiene una empresa integrante de una UTE legitimidad individual para impugnar actos de ejecución y extinción de un contrato adjudicado a la UTE?
No: es la UTE, como parte contratista, quien estaría legitimada conforme al artículo 19.1.b) de la LJCA en relación con el artículo 18, párrafo segundo, ambos de la LJCA, para litigar respecto de las cuestiones derivadas de ejecución bien por sí o junto con las entidades que la integran.
Sin embargo, desde la interpretación del artículo 19.1.a) de la LJCA conjugado con el principio pro actione que cita la sentencia, a la vista de lo específico del caso, hay que concluir que, en efecto, la entidad… tenía un interés legítimo en impugnar el acto de incautación de las garantías y evitar el perjuicio jurídico que para tal mercantil implicaría la eventual repetición contra las empresas integrantes de la UTE como obligadas solidarias (STS de 8 de octubre de 2019. Roj: STS 3275/2019 – ECLI:ES:TS: 2019:3275).
Otra doctrina relacionada con UTEs:
Imagen por @ManoloTaure
Aitor Rodríguez Carrero