Supuesto de hecho
Un licitador fue excluido de un contrato de limpieza viaria tras presentar la documentación de subsanación doce minutos fuera de plazo.
El recurrente alegó que el retraso se debió a su falta de pericia técnica y a que tuvo que presentar la documentación solo, “cuando y como pudo”.
Dictamen del Tribunal
El Tribunal rechaza este argumento. La falta de conocimiento técnico o la desorganización interna del licitador no justifican incumplir un plazo.
Además, recuerda que la contratación electrónica permite presentar documentación durante las veinticuatro horas del día, por lo que el licitador debe actuar con previsión suficiente.
Admitir la documentación fuera de plazo supondría darle una ventaja frente al resto de licitadores y vulnerar el principio de igualdad.
Conclusión
Se desestima el recurso: En contratación pública no basta con tener la mejor oferta; también hay que cumplir los plazos. La falta de pericia técnica no convierte en válida una presentación extemporánea.
Resolución nº 1245/2023 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
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Sebastián Trillos
