Supuesto de hecho
Licitador recurre Pliegos por tener el PPT para el suministro de barredoras urbanas una redacción restrictiva. El OC, en respuesta a una pregunta de un licitador, responde que no se tendrán en cuenta esas especificaciones concretas pero no modifica ni da nuevo plazo.
Dictamen tribunal
Las prescripciones técnicas de la máquina barredora a adquirir establecidas en el PPT se desprende de forma clara e inequívoca que no están definidas en términos de funcionalidades y/o rendimientos, ni por referencia a normativa técnica, sino de forma particularmente específica y sin posibilitar la presentación de modelos con características equivalentes.
“Las características específicas del vehículo corresponden directamente al modelo de barredora Dulevo 6000 (D6) que limita claramente cualquier posibilidad de poder pujar por parte de los demás fabricantes”
Las prescripciones parten, además, de una falta de motivación debida ab initio por parte del órgano de contratación en relación con cuáles son las necesidades de la contratación, que es el parámetro que permite revisar si la definición de las prescripciones técnicas, en el caso examinado, se sitúa dentro de los márgenes de la discrecionalidad técnica de la administración en este momento inicial del diseño de la contratación.
Junto con las reglas para el establecimiento de las prescripciones tiene una función primordial la justificación y motivación de los elementos esenciales del contrato, por su vinculación directa con la consecución de las finalidades establecidas en el artículo 1 de la LCSP sin que, como norma general, sea admisible que la carencia de motivación pueda ser suplida por las argumentaciones y motivaciones que pueda esgrimir el órgano de contratación en el informe emitido con ocasión del recurso interpuesto
Conclusiones
Se estima el recurso, se anula la característica del PPT objeto de impugnación y se retrotraen las actuaciones al momento anterior a su aprobación, a fin de que las prescripciones técnicas del objeto a suministrar se formulen y publiquen en los términos legalmente exigidos
Marc Gil Van Beveren.
Acceso a expediente y recursos
Imagen por @manolotaure
Resolució: 71/2024 Tribunal Català de Contractes del Sector Públic