La adjudicación de los contratos basados o derivados de un SDA mediante catálogos electrónicos puede articularse mediante una doble modalidad:
- Opción 1: Presentación de ofertas en forma de catálogo electrónico para cada contrato basado o derivado.
- Opción 2: El poder adjudicador genera automáticamente la oferta sobre el catálogo electrónico presentado inicialmente
De los dos sistemas, el segundo es el más interesante.
En esta modalidad, al contrario de lo habitual en contratación pública, el plazo de presentación de ofertas siempre está abierto para las empresas.
Cuando el órgano de contratación tenga la necesidad de una prestación, previo aviso, cerrará el plazo y generará las ofertas.
Los catálogos electrónicos así configurados siempre van a estar disponibles para que el poder adjudicador pueda ir incorporando las prestaciones que necesite, puesto que en los SDA es posible la incorporación de nuevos productos o servicios.
En paralelo los operadores económicos pueden modificar en cualquier momento sus ofertas para adecuarlas al mercado.
Diego Ballina.
Sistemas Dinámicos De Adquisición
Imagen por VB Abogados.