Supuesto
  • Trabajador comenzó a prestar al contratista saliente servicios con la categoría profesional de ordenanza, realizando funciones de vigilancia de edificios
  • Se licita servicio de vigilante de seguridad sin arma,
  • El trabajador no es titular de la tarjeta TIP (tarjeta de identificación profesional) necesaria para ejercer el servicio de vigilancia
  • En consecuencia, el contratista entrante sólo ha subrogado a los trabajadores que tenían la tarjeta TIP, pero no a los que tenían la categoría de ordenanza, como el trabajador demandante
  • El trabajador firmó finiquito con el contratista entrante haciendo constar su disconformidad
  • Al día siguiente se persona en el puesto de trabajo / lugar de ejecución del contrato y el personal adscrito a la ejecución del contrato le impidió el acceso
Argumentos del Tribunal

«Nos hallamos ante una situación que no puede resolverse subsumiendo la cuestión en un mero defecto en la información suministrada. La necesidad de la habilitación de la trabajadora, como vigilante de seguridad, por más que aparece como uno de los elementos sobre los que la empresa saliente debía informar a la nueva adjudicataria, excede de la mera transmisión de datos. Sucede que no estamos ante una carencia meramente formal, sino ante la total ausencia de habilitación administrativa de la trabajadora para el desempeño de las funciones propias de la categoría profesional«.

STS 928/2014 – ECLI:ES:TS:2014:928

Imagen por @ManoloTaure

Aitor Rodríguez Carrero