Supuesto de hecho
Se interpone recurso contra los pliegos de un contrato de servicio de Ayuda a Domicilio Municipal con CPV 85312000-9. El objeto del recurso es cuestionar los criterios de adjudicación (60 puntos al precio) al considerarse que el expediente es aplicable por el artículo 145.4 de la LCSP.
Fundamentos Jurídicos
- El artículo 145.4 de la LCSP contempla expresamente que en contratos de servicios que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios de calidad deben representar, al menos el 51 % de la puntuación total.
- Estos contratos, quedan descritos en el Anexo IV de la LCSP entre los que se encuentra incluido el objeto este expediente.
Dictamen del Tribunal
EL TACRC resuelve estimando el recurso y anulando el pliego de cláusulas administrativas particulares de conformidad con el artículo 57.2 de la LCSP.
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Imagen por @manolotaure
Eduardo Pérez