Precio, Presupuesto y Valor estimadoPresentación de proposicionesPrecio cero sí, pero con matices: predominio de la normativa laboral

El TACRC revisita la doctrina sobre límites y requisitos del “precio 0” analizando la validez, entre los diferentes precios unitarios, de 0 €/h para una determinada categoría profesional.

 

Se trata de un recurso que impugna la adjudicación de un contrato de servicios de mantenimientos de instalaciones y equipos PCI. Considera el recurrente, segundo mejor valorado, que la oferta del adjudicatario debió excluirse en base a los precios unitarios ofertados para cada hora del ayudante (0,01 €/h). A su juicio, este precio contraviene la normativa laboral.

El argumento central tanto del OC como del adjudicatario es, que no existiendo la categoría profesional de “ayudante” en el Convenio Colectivo aplicable, no vulnera la normativa laboral valorar a 0,01 €/h. Y esgrime el adjudicatario: “como en las licitaciones públicas no se pueden dejar importes a 0 €, pues la hemos tasado en 0,01 €, ya que no existe”.

El Tribunal estima el recurso anulando la adjudicación y concluye:

  • Una parte sustancial de las prestaciones objeto del contrato está constituida por actuaciones de mantenimiento a desarrollar por personal técnico.
  • La exigencia de “técnicos” y “ayudantes” en el PCAP y PPT son términos oscuros porque no explica que entiende por tales, o que cualificación debe exigirse. Se limita a consignar anualidades, sin desglose de costes. Incluye un importe máximo por cada ítem que conforma las prestaciones sin exponer el Convenio Colectivo tomado como referencia para el cálculo de los precios/hora.
  • La oferta del adjudicatario debió ser rechazada. Una interpretación de los Pliegos que preserve el principio de libre concurrencia exige considerar que debe consignarse el precio/hora del ayudante (cualquiera que sea la categoría profesional que tenga según el Convenio Colectivo aplicable).
  • No es preciso demorarse en determinar el Convenio Colectivo aplicable para concluir que un precio de 0,01 €/h incumple la normativa laboral. Sería aplicable lo dispuesto por el art. 149.4 LCSP, párrafo 4º.
  • Ofreciendo 0,01 €/h no se imputa coste a las prestaciones de “ayudantes”, lo que le confiere una ventaja ilegítima y arroja dudas sobre su capacidad de ejecutar el contrato en los términos configurados por el OC.

Resolución TACRC nº 1031/2023

Imagen por the_graphic_bakery

JESÚS MESA