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Acceso a expediente y RecursosLa falta de pie de recurso no siempre genera indefensión

¿Es obligatorio incluir pie de recurso?

Sí. El artículo 40.2 de la Ley 39/2015 obliga a que las notificaciones indiquen, entre otros: el recurso procedente, con la finalidad de que el interesado pueda defenderse.

¿Qué pasa si no se incluye el pie de recurso? Resolución 106/2026 TARCJA

La omisión constituye un defecto formal de la notificación, pero no provoca automáticamente la nulidad del acto.

Aunque la notificación sea defectuosa, no existe indefensión si el interesado:

  • Conoce el contenido del acto
  • Sabe que es recurrible
  • Interpone recurso en plazo
¿Y si el pie de recurso está mal indicado? Acuerdo 24/2026 TACPA

Escenario delicado porque un pie de recurso incorrecto puede inducir al licitador a error sobre la vía adecuada para impugnar el acto. Y, si ese error le lleva a perder la posibilidad real de recurrir, sí puede producirse indefensión.

Ahora bien, si pese al error el licitador interpone correctamente el recurso especial y en plazo, será difícil sostener una indefensión efectiva.

Sara Sánchez

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