Criterios de adjudicaciónPresentación de proposicionesEl límite de páginas en una licitación: ofertar no es acreditar

Supuesto de hecho

 Licitador interpone recurso frente a su exclusión, la cual estaba motivada por superar, aparentemente, el número máximo de páginas previsto para el sobre 2 -oferta evaluable mediante juicio de valor-.

Los pliegos de la licitación fijaban un límite de 7 páginas para formular oferta, sin aclarar si dentro de ese extremo debían o no incorporarse los documentos acreditativos de lo ofertado.

El recurrente formuló su oferta dentro de las 7 páginas e incorporó las acreditaciones como anexo, superando el límite.

El órgano de contratación consideró que este proceder vulneraba el pliego y, por tanto, excluyó al licitador.

Dictamen del Tribunal

El Tribunal da la razón al recurrente, subrayando, en primer término, la falta de claridad de los pliegos.

En esencia, considera que resulta evidente que “describir” (que es lo que se le pide al contenido de la oferta,) no es  “acreditar”,  por  lo que es razonable deducir que la acreditación podía ir al margen de la oferta mediante los anexos correspondientes, sin que a éstos afecte el límite máximo de las 7 páginas permitidas.

Añade además que sería un contrasentido que, a mayor número de acreditaciones, éstas tuvieran que incorporarse a la oferta técnica restringiendo de manera injustificada el contenido de la oferta propiamente dicho así como lo que el licitador pretendiera describir como su propuesta de servicio.

Conclusión

Estimación del recurso especial en materia de contratación.

 

Resolución 247/2024 Tribunal Administrativo Central de Recurso Contractuales

Mario Pérez

Imagen por @manolotaure