Presentación de proposicionesContaminación de sobres, exclusión y principio de proporcionalidad

SQ259 POR AITOR RODRÍGUEZ CARRERO

Antecedentes
  • 26/02/2018: El órgano de contratación adjudica el servicio de recogida y transporte de residuos urbanos a Fomento de Construcciones y Contratas SA
  • 23/04/2018: El TACRC desestima el recurso especial en materia de contratación (REMC) interpuesto por el licitador Urbaser SA contra la anterior adjudicación
  • 12/05/2020: La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM estima el recurso contencioso de Urbaser contra la anterior Resolución del TACRC
  • 04/05/2022: Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS estima el recurso de Fomento de Construcciones y Contratas SA contra la anterior sentencia del TSJCM
Hecho

El adjudicatario inicial incluye en el Sobre B de criterios subjetivos que «el detalle de dicho incremento de horas y la disponibilidad del citado retén se incluiría en el sobre C»

Controversia jurídica:
  • Determinar si la infracción del deber de secreto de las proposiciones de los licitadores requiere de un test jurídico de proporcionalidad o si la mera constatación formal de la infracción debe conducir a la exclusión automática del licitador
Razonamiento del Tribunal
  • Los artículos 145.2 y 150.2 TRLCSP (hoy, 139.2 y 157.2 LCSP) regulan el deber de secreto de las proposiciones de los licitadores, pero no regula las consecuencias de su incumplimiento
  • Así, en defecto de previsión expresa legal o en los Pliegos, aplica el principio general de proporcionalidad (art. 4.1. Ley 40/2015, art. 18.1 Directiva 2014/24/CE, STJUE de 26/09/2019 C-63/18)
  • «Al aplicar motivos de exclusión facultativos de la Directiva 2014/24/CE, como es el caso, los poderes adjudicadores deben prestar especial atención al principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la levedad de las irregularidades o su reiteración» (STJUE de 30/01/2020. Asunto C-395/18)
  • En consecuencia, debe aplicarse el principio de proporcionalidad en lugar de la exclusión automática en toda infracción administrativa si la regulación y circunstancias del caso lo permiten
  • Siendo criterios automáticos, no parece que indicar en el Sobre B que «el detalle de dicho incremento de horas y la disponibilidad del citado retén se incluiría en el sobre C» sea avanzar información relevante sobre el concreto número de horas de la bolsa de trabajo o sobre la efectiva disponibilidad horaria del retén los 365 días del año que altere las condiciones de igualdad entre los ofertantes
  • Así, aun en el caso que se entendiera indebida tal indicación, la exclusión del contratista resulta claramente desproporcionada respecto a la trascendencia de la supuesta vulneración de la confidencialidad.

Con esto, el Tribunal Supremo avala el criterio de diversos tribunales administrativos en relación con la aplicación del principio de proporcionalidad ante un supuesto de contaminación de sobres, que ya analizamos en diversos artículos:

Tribunal Supremo. Sentencia 523/2022, de 04/05/2022

Ilustración por @the_graphic_bakery