Acceso a expediente y RecursosConsecuencias de no atender el requerimiento de subsanación ante la falta de poder para interponer REMC

Supuesto de hecho

Se interpone Recurso Especial en Materia de Contratación sin que conste presentada la representación de la recurrente conforme a lo exigido en el artículo 51.1 LCSP.

Actuaciones del tribunal

  • Se requiere subsanación para que, en un plazo no superior a 3 días hábiles, subsane la falta de representación o acompañe los documentos preceptivos para su acreditación (art. 51.2 LCSP).
  • Se advierte que, ante la falta de respuesta se entenderá desistido su petición.

Conclusiones

Rechazada la notificación de requerimiento y transcurrido el plazo de subsanación sin haber atendido la misma, el tribunal entiende que:

  • El recurrente desiste de su petición por no haber aportado documentación necesaria para entender válidamente presentado el recurso.
  • Declara la inadmisión del recurso por falta de acreditación de la representación de la persona que interpone el recurso en nombre de otra.

Resolución 063/2023 OARC

Imagen por @ManoloTaure

SARA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ

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