Presentación de proposicionesOmisión de las características técnicas en la Oferta

SQ172 POR SARA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ

Supuesto de hecho

Licitador recurre su exclusión alegando que tanto el adjudicatario como el segundo licitador mejor valorado, no hacen referencia en su oferta a dos de las obligaciones mínimas exigidas en el Pliego Técnico.

Interpretación del tribunal

El Tribunal se ampara en lo previsto en el artículo 139.1 LCSP al considerar que, la presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de las cláusulas o condiciones incluidas en los Pliegos.

Así, el tribunal entiende que no es motivo de exclusión que el licitador centre su oferta en las mejoras que propone, tomando como base de la misma las exigencias mínimas del PPT.  En este sentido, aunque habrá que atender a cada caso concreto, partiendo de la presunción legal de aceptación incondicionada de los pliegos una vez presentada la oferta, son admisibles aquellas ofertas que, aunque no hacen mención expresa a los requisitos mínimos exigidos, presentan su oferta sobre una mejora de los mismos.

Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso. Sentencia 429/2021, de 24 marzo

Ilustración por @ManoloTaure

Subscríbete a nuestra newsletter

Responsable: VAN BEVEREN, S.L. Finalidad: Envío del descargable, información comercial y novedades. Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal. Destinatarios: no se cederán datos a terceros salvo obligación legal. Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.