Criterios de adjudicaciónSi los puntos no son obtenibles, la fórmula no es válida

Supuesto
  • 10/04/2023: Se publica anuncio de licitación y pliegos con esta fórmula: Puntos oferta valorada = 0,1 puntos por cada 1360 euros de baja con respecto al presupuesto base de licitación. No se admiten fracciones intermedias
  • 24/04/2023: Se recurre el Pliego por hacer imposible obtener la máxima puntuación
Consideraciones del Tribunal
  • Si bien es cierto que no es preciso para resultar adjudicatario obtener la puntuación máxima posible sino solo la más alta entre los licitadores oferentes, una elemental regla de proporcionalidad exige que todas las puntuaciones sean alcanzables, dado que, en otro caso, no podría afirmarse (y el pliego así lo hace) que la oferta económica tenga un peso cierto de 65 puntos a la hora de decidir la adjudicación
  • La fórmula empleada para valorar la oferta económica adolece de falta de proporcionalidad y encierra una contradicción interna de los propios pliegos, dado que surte el efecto de alterar su peso relativo en el conjunto de la licitación, motivo por el que debe ser anulada.

TACRC. Resolución 754/2023

Imagen por @ManoloTaure

Aitor Rodríguez Carrero