SQ33 POR MANUEL LLERANDI 

Son nulos de pleno derecho los contratos celebrados por poderes adjudicadores en los que concurra la falta de publicación del anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación o en el DOUE.

En el supuesto particular de la falta de publicación en el DOUE, no puede considerarse como una mena causa de anulabilidad, sino de nulidad de pleno derecho ex lege porque el anuncio en dicho diario oficial es preceptivo. Esto es, en el caso de contratos de valor estimado al umbral comunitario el anuncio de licitación que se debe enviar al DOUE es indisponible, quedando todos los demás anuncios supeditados a éste.

Incluso, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea llega a dictaminar que “la falta de publicidad comunitaria de una licitación es una irregularidad que supone una de las infracciones más graves del Derecho comunitario”.

STSJ NA 513/2016

STJUE de 11 de enero de 2005 -asunto C-26/03 , Stadt Halle

Ilustración por: @manolotaure