Objeto y LotesJustificaciones para limitar la licitación y adjudicación de Lotes

Conforme al artículo 99.4 los órganos de contratación pueden limitar la licitación y adjudicación de Lotes a un mismo licitador si lo justifican debidamente. ¿Pero qué se entiende por justificación debida?

Supuesto
  • Impugnación de anuncio de Pliegos por falta de justificación de la limitación de licitación a un determinado número de Lotes
  • En la Memoria Justificativa consta esta justificación:
    • Los servicios correspondientes de cada lote deben ejecutarse básicamente en el mismo periodo temporal, lo que sumado a la envergadura y cuantía de los mismos hace que, en aras de la calidad del servicio, se haya establecido esta limitación.
    • Añade que igualmente se ha optado por la limitación de la participación frente a la limitación de la adjudicación para no perjudicar a los licitadores obligándolos a elaborar más de una oferta.
    • La limitación a la licitación también facilita el acceso a la contratación pública a mayor número de licitadores, ya que con la mínima solvencia requerida, todos tiene las mismas opciones de ser adjudicatarios de un lote
Normativa
  • LCSP. Artículo 99.4
  • LCSP. Artículo 132.1
Resolución

Se desestima el recurso

TARCJA. Resolución 120/2019

Aitor Rodríguez Carrero