Supuesto
- El Órgano de Contratación establece esta condición especial de ejecución:
«La empresa adoptará medidas para efectuar un adecuado mantenimiento a los vehículos (motor, control de niveles y filtros, presión de los neumáticos, etc.) y velará para que los conductores repartidores realicen una conducción eficiente (velocidad adecuada, distribución de la carga uniforme, climatización, etc.), tal como aconseja la Dirección General de Tráfico en su manual Conducción eficiente, para reducir, en lo posible, las emisiones de contaminantes a la atmósfera«
- Licitador recurre el PCAP por considerarla abstracta y oscura
Conclusión
Dada la gravedad de la sanción que conlleva el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, no pueden configurarse de forma tan indefinida que quede al absoluto criterio del órgano la determinación o definición de las mismas durante la ejecución del contrato
Imagen por @ManoloTaure
Aitor Rodríguez Carrero