Supuesto de hecho:
Recurso contra la exclusión de licitador cuya oferta se remite electrónicamente a las 14:00.47 segundos cuya hora límite eran las 14:00. La plataforma para la presentación de las ofertas indica que la oferta está fuera de plazo con una señalización en rojo.
Dictamen del Tribunal:
- Los pliegos no recogen el límite «antes de las 14:00» ni a las «14:00:00 segundos«. La recurrente no discute que la oferta se presentara en las horas y fecha indicadas sino que su oferta está dentro del término ya que los 59 segundos que van desde las 14.:00 h hasta las 14.01 h forman parte del término finado para presentar la oferta.
- La oferta presentada en cualquiera de las unidades de tiempo inferiores al minuto, comprendidas dentro de dicho intervalo, debe reputarse presentada dentro del plazo establecido
- Este Tribunal considera que cuando se establece que un plazo finaliza a las XX horas 00 minutos, esta expresión incluye todas las unidades de tiempo menores que conforman el minuto 00.
- Se hace mención a la resolución del TARC 902/2019 en el mismo sentido.
Conclusión:
Se estima el recurso interpuesto y se reconoce que la empresa recurrente presentó su oferta dentro del plazo fijado en la licitación.
Resolució 312/2022 Tribunal Català de Contractes del Sector Públic.
Imagen por @The Graphic Bakery
SQ317 POR MARC GIL VAN BEVEREN