Hechos
- La empresa recurrente se constituyó unos días antes de que finalizara el plazo de presentación de proposiciones.
- Abierto el Sobre 1, declara cumplir con las condiciones de solvencia, recurriendo a la solvencia de un tercero.
- La Mesa de contratación afirma tener dudas razonables sobre la fiabilidad de la declaración y requiere la acreditación anticipada de las solvencias.
- El licitador aporta 3 facturas que representan un 14% del importe exigido.
Objeto del recurso
¿Son las 3 facturas aportadas suficientes para acreditar la solvencia técnica mínima que se requiere del licitador que pretende integrar su solvencia con la de un tercero?
Alegaciones del recurrente
Cabe la integración de la solvencia técnica incluso en ausencia de una solvencia mínima por parte del licitador.
Alegaciones del órgano de contratación
- ‘Integrar’ semánticamente significa complementar, no suplir enteramente por otra solvencia técnica.
- La libre competencia exige los licitadores ofrezcan un mismo producto y garantías, pues de lo contrario estaríamos falseando la competencia y se podría ofrecer un precio menor en correlación con unas garantías menores.
Consideraciones del Tribunal
- El análisis de la solvencia técnica exige una consideración conjunta de los requisitos de solvencia exigidos en los pliegos, y no un análisis individual de cada requisito.
- La solvencia mínima exigible al licitador que pretende integrarla con la de terceros es una cuestión netamente casuística que, consiguientemente, debe atender a las circunstancias concretas del contrato y del propio licitador.
- En este caso, acreditar solo un 14% del importe exigido se considera ínfimo e insuficiente porque:
- El tercero será ajeno a la relación contractual.
- De varios requisitos de solvencia técnica (contratos previos y adscripción de medios) previstos en los Pliegos, sólo se trata de acreditar los contratos previos y no el requisito de personal.
Imagen por @ManoloTaure
Aitor Rodríguez Carrero