La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid se pronuncia sobre la posibilidad de reconocer la revisión excepcional de precios a los contratos basados en un acuerdo marco de obras y los requisitos que deben cumplir para acogerse a la revisión.
- Los contratos basados en un acuerdo marco de obras pueden ser susceptibles de la revisión excepcional de precios siempre que se den las circunstancias previstas en el RDL 3/2022
- Los requisitos que deberán tener los contratos basados para acogerse a la revisión excepcional son los establecidos en dicho RDL 3/2022, entre ellos:
- Encontrarse en fase de ejecución, licitación, adjudicación o formalización
- El incremento del coste de los materiales empleados para el contrato de obras haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato durante su vigencia y hasta su finalización
- Periodo mínimo de 4 meses de duración desde el momento en que el licitador se comprometió a cumplir el contrato basado.
- Si el contrato basado fue objeto de segunda licitación, éste ha de tener una duración mínima de cuatro meses
- Si la adjudicación del contrato basado recae en el adjudicatario de un acuerdo marco en el que se establecen todos los términos, el periodo de cuatro meses de duración debe computarse desde la fecha de formalización del acuerdo marco
- La revisión excepcional de precios del contrato de obras afecta a la totalidad del contrato, y no a actuaciones particulares del mismo.
Informe 5/2023 Junta de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid.
Imagen por @ManoloTaure
SARA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ