Bajas anormalesPrecio, Presupuesto y Valor estimado¿Puedo prever un precio distinto para cada anualidad del contrato? ¿Y otro distinto para las prórrogas?

¿Puede un Órgano de Contratación prever un precio distinto para cada anualidad en un contrato plurianual? ¿Y para sus prórrogas otro distinto?  El Informe de la Junta de Contratación de Navarra plantea a posibilidad de incluir motivadamente en un pliego un precio diferente para cada uno de los años en los que se pueda llevar a cabo el servicio.

Conclusiones del Informe.
  • Este supuesto no coincide con los rasgos propios de la revisión de precios porque la incertidumbre respecto al precio final desaparece al estar el precio cerrado desde el inicio ni de la modificación contractual. Debe reputarse legalmente la posibilidad de solicitar ofertas diferentes para cada uno de los posibles periodos de ejecución del contrato.
  • Desde todos los puntos de vista, la solicitud de un precio diferente para cada uno de los posibles periodos de ejecución del contrato debe entenderse adecuada a la legalidad y a a la correcta ejecución del mismo y, por tanto, a la mejor consecución del interés público.

¿Y las prórrogas?

Incuestionablemente la oferta realizada por la licitadora para las posibles prórrogas del contrato constituye un precio cierto puesto que la cantidad estará errada desde el momento de presentación de las ofertas.

Recalca el informe que habrá que tener en cuenta todos los distintos precios de cada periodo para que la oferta no se realice en fraude de ley, estableciendo una adecuada ponderación de la puntación que tendrá el precio de cada una de las prórrogas en la valoración de las proposiciones para que una baja anormal no puede llevar a resultados fraudulentos.

Informe 1/2022 Comisión Permanente Junta de Contratación Pública de Navarra 

MARC G. VAN BEVEREN

Imagen por @ManoloTaure