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Criterios de adjudicaciónTodos a cero: cuando una fórmula decide la licitación

Supuesto de hecho:

  • Se interpone recurso contra la adjudicación al considerar que el criterio relativo al margen económico no se había aplicado correctamente.
    Las ofertas presentadas incluían márgenes muy dispares: un licitador ofertó un 0%, mientras que el resto presentó márgenes del 0,01%, 3% y 10%.
  • Al ser el 0% el valor mínimo, la aplicación de la fórmula prevista en los pliegos arrojó un resultado llamativo: todos los licitadores obtuvieron 0 puntos en ese criterio.
  • El recurrente solicitó la exclusión de la oferta del 0%, por considerarla ilógica y contraria a la competencia, o, en su defecto, la anulación del procedimiento.

Dictamen:

El órgano de recursos desestima el planteamiento del recurrente y confirma la corrección de la adjudicación, apoyándose en varias ideas clave:

  • La oferta del 0% es plenamente válida, ya que los pliegos no establecían ninguna prohibición al respecto. Lejos de ser perjudicial, supone un mayor beneficio económico para la Administración.

  • Los criterios automáticos no admiten valoraciones subjetivas: la puntuación es el resultado directo de una fórmula matemática, sin margen de apreciación.

  • Los pliegos son ley del contrato. Al no haber sido impugnados en plazo, no pueden modificarse ni reinterpretarse una vez conocido el resultado.

  • La fórmula se aplicó correctamente y el efecto producido era perfectamente previsible para cualquier licitador que hubiera realizado una simulación previa.

Conclusión:

El recurso es desestimado íntegramente.
Se confirma que la asignación de 0 puntos a todos los licitadores en ese criterio es conforme a los pliegos y al ordenamiento jurídico, y se mantiene la adjudicación efectuada

Resolución 178/2025 OARC4

Sara Sánchez Fernández

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