Sin categoríaNo se puede excluir por ofertar especificaciones técnicas superiores a las mínimas del PPT.

Supuesto de hecho:

  • Empresa recurre su exclusión de un procedimiento por no reunir los requisitos técnicos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sino por ampliar los que estaban expresamente incluidos.
  • El licitador recurrente considera que en base a la doctrina (Resolución 1104/2020, de 16 de octubre), para proceder a la exclusión de un licitador por incumplimiento de los requisitos técnicos, este incumplimiento ha de ser expreso y claro, definidos en el PPT.

Dictamen del Tribunal:

  • El Tribunal considera que, cumpliéndose las especificaciones mínimas exigidas en el PPT, no es posible acordar la exclusión por tener el producto ofertado otros componentes más allá de los exigidos.
  • La inclusión de esos otros componentes podrá motivar que en los criterios dependientes de un juicio de valor se pueda otorgar una puntuación u otra.
  • Las especificaciones técnicas se configuran en el PPT desde un punto de vista positivo, exigiendo unas especificaciones mínimas, y no se excluye ni se veda expresamente ningún componente añadido.

Conclusión: el recurso es estimado.

Mario Pérez

Resolución 1583/2022 TACRC

 

 Imagen por @manolotaure