Presentación de proposicionesModificación de los Pliegos

SQ115 POR MANUEL LLERANDI CARRASCO

La modificación del pliego cuando exista error material, de hecho, o aritmético se puede realizar después de la autorización del gasto, antes de su adjudicación. Para estos supuestos, resulta prudente ampliar el plazo de presentación de ofertas.

Por su parte, si la modificación no obedece a tales circunstancias, se deberán retrotraer las actuaciones al momento anterior a la autorización del gasto y, por lo tanto, al de aprobación del expediente por el órgano de contratación. En este caso, se deberá conceder nuevo plazo para la presentación de ofertas.

Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Resolución 61/2020

Ilustración por @ManoloTaure

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