TramitaciónInforme del Secretario y Contrato Menor: ¿Preceptivo?

En el ámbito de las Entidades Locales, se lleva debatiendo tiempo si es preceptivo el previo informe del Secretario para la tramitación de un contrato menor. Se pronuncia sobre la cuestión la Junta Consultiva de Contratación Pública de Canarias, que reconoce la disparidad de criterios entre las distintas Juntas Consultivas, en el mismo sentido que la Xunta consultiva de Contratación administrativa

Normativa
  • LCSP. DA3ª: […] «Será también preceptivo el informe jurídico del Secretario en la aprobación de expedientes de contratación, modificación de contratos, revisión de precios, prórrogas, mantenimiento del equilibrio económico, interpretación y resolución de los contratos» […]
  • LCSP. Artículo 118
Consideraciones
  • Dado que en el contrato menor no se aprueba el expediente, sino el gasto, no es preceptivo el informe jurídico del Secretario
  • Con el articulo 118 el legislador pretendió simplificar las exigencias procedimentales de la contratación para los casos de gastos de escasa cuantía, entendiéndose que esta norma especial es de preferente aplicación respeto de las normas generales

Junta Consultiva de Contratación Pública de Canarias. Recomendación 1/2023

Aitor Rodríguez Carrero