Antecedentes
Objeto del contrato: “Prestación de servicio integral de seguridad en el hospital de Gorliz”
Motivo del recurso frente al acuerdo de adjudicación:
- La oferta de los criterios sujetos a juicio de valor del licitador propuesto adjudicatario contiene una mejora no prevista en los pliegos
- En concreto, la mejora consiste en una bolsa económica destinada a mejorar los sistemas y equipos de seguridad.
Dictamen
“La definición de las mejoras como “prestaciones adicionales” no es, por sí sola, suficiente para delimitarlas claramente como categoría diferenciada de otras clases de criterios de adjudicación, pues la función de cualquier criterio es evaluar favorablemente y promover la presentación de aspectos de las ofertas que supongan mejorar las prescripciones técnicas”.
Entre los límites para la aceptación o valoración de estas mejoras, encontramos:
- No cabe aceptar una oferta que incluya contenidos contrarios a los pliegos que rigen la licitación (Resolución 60/2021 del OARC / KEAO)
- Aunque la proposición no sea contraria a los pliegos,- y por lo tanto no pueda ser excluida -, no cabe evaluar aspectos de la misma que no estén contemplados en los criterios de adjudicación. (Resolución 88/2018 del OARC / KEAO)
En el presente supuesto, el tribunal entiende que:
- No hay diferencia entre ofertar una cantidad de dinero concreta en concepto de bolsa económica, (5.000 €) u ofrecer por ejemplo, un suministro adicional (5 cámaras más, suponiendo, por ejemplo, que cada una tuviera un valor de 1.000 €).
- Se trata de una forma legítima de presentación de un aspecto de la oferta técnica que mejora los mínimos exigidos en los pliegos.
- La mejora impugnada tiene amparo en la descripción del criterio de adjudicación “Medios técnicos y herramientas tecnológicas para la gestión del servicio establecido en el pliego”, respetando por lo tanto su fondo reglado.
Conclusión
Se desestima el recurso, entendiendo que la mejora ofertada se puede englobar sin dificultad en la descripción que el PCAP hace del método de valoración del criterio (Se valorarán los medios técnicos, de todo tipo,…que se considere adecuado para la prestación del servicio), sin que haya impedimento alguno para valorarlo.
Imagen por @manolotaure
SARA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ