Supuesto de hecho:
Se interpone recurso especial en materia de contratación ante el TARCJA contra los documentos contractuales que rigen un contrato basado en un Acuerdo Marco para un suministro de ordenadores personales.
El recurrente impugna la documentación contractual del contrato basado, solicitando su anulación. Sin embargo, el Tribunal se centra en determinar si el contrato es susceptible de recurso especial, dado que su valor estimado es de 90.620 euros.
Decisión del Tribunal
El TARCJA inadmite el recurso especial interpuesto al considerar que el contrato basado no es susceptible de recurso especial en materia de contratación debido a que su valor estimado es inferior a 100.000 euros.
Razonamiento
El Tribunal examina la aplicabilidad del recurso especial basándose en el artículo 44.1 de la LCSP, que establece los umbrales para la susceptibilidad del recurso. Para contratos de suministro, el valor estimado debe superar los 100.000 euros.
El TARCJA argumenta que los contratos basados en un acuerdo marco deben considerarse de forma independiente al valor estimado del acuerdo marco original. Aunque el acuerdo marco pueda ser susceptible de recurso especial, esto no implica que todos los contratos basados en él lo sean automáticamente; evitando así un régimen de recurso más favorable para los contratos basados en comparación con otros contratos similares.
Imagen por @manolotaure
Asensio Esteban