Blog junio 2025
El derecho de acceso al expediente no es ilimitado (no es un derecho absoluto) y debe protegerse la información confidencial relativa a aspectos estratégicos y técnicos de las ofertas
Supuesto de hecho:
Se interpone recurso especial en materia de contratación ante el OARC por parte de una licitadora debido a la denegación de acceso al expediente de contratación y a la adjudicación de un contrato de servicios públicos en el ámbito deportivo y de mantenimiento.
La parte recurrente alegó indefensión por no poder revisar la oferta técnica de la empresa adjudicataria, la cual había sido declarada confidencial en su mayor parte.
Dictamen del Tribunal
El OARC declara lo siguiente:
Conclusiones
El Tribunal desestima el recurso, al no haberse demostrado perjuicio efectivo ni necesidad objetiva de acceso. En consecuencia, se levanta la suspensión del procedimiento de adjudicación.
En definitiva, recuerda que los pliegos deben establecer con precisión y sin ambigüedad los criterios de adjudicación para garantizar un procedimiento transparente, objetivo y competitivo.
Imagen por @manolotaure
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