Supuesto de hecho
Recurso interpuesto frente al anuncio y los pliegos que rigen el contrato de servicios de recogida de residuos domésticos y comerciales y gestión del punto limpio. En concreto, como primer motivo, se alega incumplimiento del articulo 309.1 de la LCSP, por considerar indefinidas las partidas presupuestarias.
Dictamen del tribunal
- Las partidas presupuestarias que se aluden en el recurso son las que refieren la existencia de crédito y nada tienen que ver con la estructura de coste del contrato.
- Se ha dado cumplimiento al artículo 309 de la LCPS, debido a que el precio del contrato se encuentra determinado al estar detallados los parámetros económicos del contrato, tratándose de un criterio técnico, al cual, se le aplica la doctrina de la discrecionalidad técnica.
Conclusión
Desestimación del recurso, al encontrase incluido en la Memoria justificativa del expediente el estudio económico con la estructura de costes.
Imagen por @ManoloTaure
Mónica Sánchez