Presentación de proposicionesSe recomienda regular las consecuencias de sobrepasar la extensión límite de la oferta técnica

SQ178 POR MANUEL LLERANDI CARRASCO

  • Los órganos de contratación pueden limitar en el pliego la extensión y número de páginas de las ofertas técnicas de los licitadores, a valorar mediante criterios subjetivos.
  • En dicho supuesto deberán constar en el pliego las consecuencias de no cumplir con los límites previstos: no tener en cuenta la propuesta en su totalidad o no valorar las páginas que sobrepasen la extensión máxima permitida.
  • El Tribunal dictamina que, ante ofertas que superen el número permitido de páginas, el órgano de contratación no tiene la obligación de indagar en la propuesta para ver si el contenido se refiere o no a los criterios de adjudicación. Sobrepasar el límite es algo objetivo.
  • Admitir una propuesta con más páginas, fundamentada en una posible indagación como la descrita, implicaría la quiebra del principio de igualdad entre licitadores, ya que la empresa habría podido ofrecer más información que los demás licitadores, valorable de algún modo.

(TACRC. Resolución 105/2020)

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