SQ276 POR AITOR RODRÍGUEZ CARRERO
Como analizamos en el SQ269, el recurso a la solvencia por medios externos es una posibilidad que solo puede limitarse excepcionalmente. Rige en consecuencia la libertad de vínculos jurídicos siempre que se acredite la disposición efectiva de las solvencias. No obstante, los tribunales de contratación advierten algunos supuestos usuales con los que no es posible la acreditación de la solvencia por medios externos:
- No basta una Declaración Responsable (TACRC. Resolución 393/2016)
- No es suficiente la pertenencia al mismo grupo empresarial (TARCJA. Resolución 151/2017)
- Cartas de apoyo financiero (TACRC. Resoluciones 152/2013, 11/2012)
Ilustración @ManoloTaure