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ProcedimientosLa exclusividad no se presume: nulidad por falta de motivación

Supuesto de hecho

Recurso especial en materia de contratación solicitando la nulidad de todo el procedimiento por vulnerar el 168 LCSP por no existir exclusividad del medicamento objeto de contrato. El propio recurrente comercializa un medicamento equivalente.

Los pliegos contenían una justificación escasa para acudir al procedimiento NSP.

Dictamen del tribunal 

  • El procedimiento negociado sin publicidad es una excepción a los principios de publicidad y concurrencia, por lo que su uso debe ser restrictivo y estar exhaustivamente justificado en el expediente inicial.
  • Según la doctrina, no se admite una justificación a posteriori vía recurso; la imposibilidad de promover la concurrencia debe acreditarse desde el origen del expediente (Resolución TACPM 254/2024).
  • En este caso, la memoria justificativa se limitó a mencionar genéricamente las necesidades del Servicio de Farmacia, sin demostrar la inexistencia de alternativas o sustitutos razonables en el mercado.

Conclusión

El Tribunal resuelve estimar íntegramente el recurso al no haberse justificado adecuadamente la elección del procedimiento negociado sin publicidad en el expediente de contratación, se considera que el proceso está viciado de nulidad.

Resolución TACP Madrid 542/2025

Sara Sánchez

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