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Adscripción de mediosAún no tocaba acreditar los medios

Supuesto de hecho:

Se interpone recurso especial contra la exclusión de un licitador acordada por la mesa de contratación durante la fase de apertura y calificación de la documentación administrativa.

La exclusión se fundamentaba en que los medios personales y materiales comprometidos por el licitador para la ejecución del contrato no se ajustaban, a juicio de la mesa, a las exigencias previstas en el PCAP.

La recurrente sostenía que, en esa fase del procedimiento, bastaba con la mera declaración de compromiso de adscripción de medios, sin que procediera todavía analizar si dichos medios cumplían efectivamente las condiciones técnicas exigidas en los pliegos.

Dictamen del Tribunal:

El Tribunal recuerda que, conforme al artículo 76.2 de la LCSP, la adscripción de medios puede acreditarse inicialmente mediante una declaración de compromiso del licitador, siendo únicamente el licitador propuesto como adjudicatario quien debe justificar documentalmente que dispone efectivamente de los medios comprometidos.

En consecuencia, la mesa de contratación no puede anticipar, en la fase de apertura de la documentación administrativa, un análisis material sobre la adecuación o suficiencia de dichos medios, pues en ese momento procesal únicamente corresponde verificar la existencia formal del compromiso exigido en los pliegos.

Asimismo, el Tribunal recuerda que, conforme al artículo 150 de la LCSP, la mesa debe proceder primero a la apertura y valoración de las ofertas, formular posteriormente propuesta de adjudicación y solo entonces requerir al licitador mejor clasificado para que aporte la documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios comprometidos.

No obstante, el Tribunal concluye que, en el caso concreto, la exclusión no obedeció a una valoración anticipada sobre la capacidad real del licitador para ejecutar el contrato, sino al incumplimiento de las exigencias formales del compromiso de adscripción previsto en el PCAP, por lo que la actuación de la mesa se considera ajustada a Derecho.

Conclusión:

El Tribunal desestima el recurso, aunque fija un criterio relevante la mesa de contratación no puede analizar en la fase de apertura administrativa si los medios adscritos cumplen materialmente las exigencias del PCAP, pues en ese momento basta con la declaración de compromiso del licitador. La acreditación efectiva de dichos medios únicamente puede exigirse al licitador propuesto como adjudicatario.

TACPA, Acuerdo 54/2026, de 6 mayo

 

Imagen por @ManoloTaure

Mónica Sánchez Martín

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