Precio, Presupuesto y Valor estimadoRevisión excepcional de precios: Nuevos materiales a tener en cuenta

El RDL 3/2022, en su artículo 7 regula los supuestos en que procede la revisión excepcional de precios, limitándolo a estos materiales:

  • Materiales bituminosos
  • Aluminio
  • Cobre

Este artículo 7 sufrió una modificación el 02/08/2022 que añadió esta referencia:

Por Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública, previo informe del Comité Superior de Precios de Contratos del Estado, se podrán establecer otros materiales cuyo incremento de coste deba tenerse también en cuenta a los efectos anteriores.

Con fundamento en esta modificación, el 10/11/2022 se dictó una orden ministerial que incluye nuevos materiales a incluir en la revisión excepcional de precios del RDL 3/2022, adicionales a los materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre. En concreto, se incluyen:

  • Cemento.
  • Materiales cerámicos.
  • Madera.
  • Plásticos.
  • Productos químicos.
  • Vidrio.

SQ308 POR AITOR RODRÍGUEZ CARRERO

Ilustración por the_graphic_bakery