Al detalle Nota breve
Un licitador puede apoyarse en la solvencia de otra entidad si demuestra que dispondrá de sus medios durante todo el contrato. Hace falta un compromiso por escrito.
Al detalle
Esta nota no tiene fecha fija. La revisamos y la actualizamos cuando cambia el criterio.
La regla
La ley permite acreditar la solvencia con medios de otras entidades, pertenezcan o no al mismo grupo empresarial. La condición es demostrar que esos medios estarán efectivamente disponibles durante toda la ejecución.
Cómo se acredita
No basta con mencionar a la otra empresa en la oferta. Se necesita un compromiso escrito de esa entidad en el que ponga sus medios a disposición del licitador para ese contrato.
El órgano de contratación puede exigir además que ambas respondan solidariamente de la ejecución.
En la práctica
Cuando el compromiso falta o es impreciso, lo habitual es que se abra un plazo de subsanación antes de acordar la exclusión. Lo que no se puede hacer en ese plazo es cambiar la oferta o incorporar una empresa que no figuraba en ella.
Qué revisar
Comprueba que el compromiso identifica el contrato, concreta qué medios se ceden y cubre toda su duración. Si la solvencia que se integra es técnica y va ligada a títulos o experiencia, la entidad que la aporta tendrá que ejecutar esa parte.
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