SQ190 POR AITOR RODRÍGUEZ CARRERO
Tras la formalización de un contrato, pueden ocurrir hechos que impidan la ejecución en los plazos previstos. Aunque no se haya previsto en los Pliegos, conforme al art. 195.2 LCSP pueden autorizarse prórrogas no previstas del plazo de ejecución del contrato si se cumplen los siguientes requisitos:
Por una parte, se deben dar las siguientes causas:
- La causa que provoca la demora no es imputable al contratista
- Imprevisibilidad de la causa
- Subsistencia del interés del órgano de contratación en la licitación
Por otra parte, y conforme al artículo 100 del RGLCAP, el procedimiento es el siguiente:
- Solicitud del contratista en un plazo máximo de quince días desde aquél en que se produzca la causa originaria del retraso
- Informe favorable del responsable del contrato constatando la realidad de la causa alegada por el contratista y que la demora no le es imputable
- Aprobación de la ampliación por el órgano de contratación
En el caso de que el contratista no solicitase la ampliación en plazo se entenderá que renuncia a su derecho, por lo que el órgano de contratación podrá, discrecionalmente, adoptar alguna de estas decisiones:
- Conceder igualmente la ampliación
- Conceder un plazo distinto
- No conceder la ampliación, imponiendo también potestativamente la penalidades por demora que sean aplicables.
No se deben confundir las prórrogas del plazo de ejecución (previstas o no en los Pliegos), y que no conllevan aumento del presupuesto, con otras figuras similares referidas también a los plazos del contrato, como son las prórrogas del plazo de duración de los contratos (previstas o extraordinarias ex art. 29.4 LCSP), y que implican aumento de presupuesto: pueden autorizarse prórrogas no previstas del plazo de ejecución sin aumentar el presupuesto porque éstas solo implican ejecutar las mismas prestaciones en un tiempo mayor, mientras que las prórrogas de la duración del contrato implican realizar prestaciones adicionales durante ese tiempo adicional, con el consecuente aumento del presupuesto
Ilustración por @manolotaure