Adscripción de mediosCriterios de adjudicaciónRequisitos de calidad del personal adscrito a la ejecución de un contrato

SQ50 POR MANUEL LLERANDI CARRASCO

La acreditación de los requisitos de calidad vinculados con la experiencia del personal adscrito a la ejecución de un contrato ha de regirse por dos principios generales básicos en la contratación pública: el antiformalismo y la libertad de concurrencia.

Ha de considerarse que lo que se valora mediante un criterio de valoración de este tipo es la experiencia con la que cuenta el personal en el momento de presentarse la oferta y no la existencia de la documentación acreditativa de tal circunstancia o que la misma se encuentre debidamente suscrita.

Por lo tanto, en caso de falta de claridad o consistencia documental, antes de evaluar el criterio de adjudicación, se debe requerir al licitador para que subsane su oferta aportando, completando o suscribiendo la documentación pertinente; dicho de otro modo, lo que resulta insubsanable es la propia experiencia y no su acreditación, la cual, en ocasiones, no depende siquiera de la voluntad de los licitadores sino de terceras entidades certificadoras.

Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias. Resolución 088/2021

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